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miércoles, 3 de agosto de 2016

Madrid Desbocado Contra Otegi

Anoche anunciábamos el relevo en la lehendakaritza a darse tras el proceso electoral en la CAV el próximo 25 de septiembre, un simple cambio cosmético al sustituir a un colaboracionista de la derecha de abolengo por una colaboracionista fiel defensora del niniísmo político, que no deja de ser otra expresión política de derecha, por cierto.

Ya sea Pilar Zabala o Iñigo Urkullu en Ajuria Enea, La Zarzuela estará satisfecha. No así con Otegi, quien, sin representar ya peligro alguno a juzgar por los más recientes resultados electorales de la izquierda abertzale, sigue siendo considerado una amenaza por parte de la casta divina madrileña.

Lean ustedes este artículo publicado en Gara:

El Estado suma estratagemas para impedir que Otegi sea candidato

A quien no ha cogido de imprevisto el adelanto electoral de Iñigo Urkullu es al Estado, que está sumando todas las estratagemas posibles para intentar evitar que Arnaldo Otegi sea candidato a lehendakari. A la consabida «inhabilitación especial» para ejercer cargo publico, superada por el precedente de Iker Casanova, sumarán la «inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo», jurisprudencia europea y testimonios de víctimas de ETA.

Iñaki Iriondo
La Abogacía del Estado y la Fiscalía tienen ya muy adelantados los recursos que presentarán en cuanto las juntas electorales proclamen las listas para los próximos comicios autonómicos de la CAV, con el objetivo único de evitar que Arnaldo Otegi pueda presentarse como candidato a lehendakari.

La Fiscalía que dirige Consuelo Madrigal está buscando una vía alternativa a la que hasta ahora se había publicitado con más insistencia para evitar que Otegi pueda ser candidato. En contra de su presencia en las listas se había esgrimido con insistencia su «inhabilitación especial para empleo o cargo público» por espacio de seis años y seis meses. Defendería que esta parte de la condena no estaría todavía cumplida porque Arnaldo Otegi arrastraba ya otra «inhabilitación absoluta». Según la tesis, hasta que ésta finalizó el 4 de setiembre de 2014 no comenzó a cumplir la impuesta por el «caso Bateragune», que acabará el 28 de febrero de 2021.

Sin embargo, la inhabilitación especial exige, según el artículo 42 del Código Penal, que «en la sentencia habrán de especificarse los empleos, cargos y honores sobre los que recae la inhabilitación», lo que no ocurre en la condena dictada contra Arnaldo Otegi. El parlamentario Iker Casanova tenía una condena similar en su contra, pero al no detallarse los cargos a los que afectaba pudo acceder a su escaño en Gasteiz.

«Sufragio pasivo»

Ante la evidencia de que esta vía puede no evitar el veto a Arnaldo Otegi, la Fiscalía baraja otra estratagema. Según informaba ayer “El Confidencial Digital”, la Fiscalía echará mano de que la sentencia incluye también la «inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo que dura su condena». Cree haber descubierto en este punto la fórmula para frenar al candidato de EH Bildu, puesto que el «derecho de sufragio pasivo», traducido al lenguaje común, es la imposibilidad de presentarse a las elecciones.

Leyendo la sentencia en su literalidad, cabe pensar, al contrario de lo que sostiene la Fiscalía, que esta parte de la condena está cumplida al mismo tiempo que abandonó la cárcel de Logroño, puesto que la dictada con anterioridad por el homenaje a Argala, la que provocó que la inhabilitación para cargo público comenzara a contar en 2014, no dictaba la inhabilitación para sufragio pasivo, que recoge el artículo 44 del Código Penal, sino la inhabilitación absoluta del artículo 41.

En cualquier caso, el propio Arnaldo Otegi ha declarado públicamente en varias ocasiones que su futuro como candidato no depende de la lógica del Derecho, sino de las obsesiones políticas del Estado español.

La Abogacía del Estado

Si el argumentario de la Fiscalía no es suficiente, la Abogacía del Estado viene ultimando desde mayo sus propias propuestas, según recogía ayer el mencionado medio digital. Se basarán en el auto de la Audiencia Nacional de enero que rechazaba una demanda de Arnaldo Otegi, cuya defensa no recurrió para dejar esa batalla para el momento electoral.

Además, la Abogacía también hará referencia a «jurisprudencia de diferentes países europeos» donde todo condenado por «terrorismo» es vetado para cargo público, y a declaraciones de asociaciones de víctimas de ETA citando que Arnaldo Otegi no ha pedido perdón.

Lo más probable es que, otra vez más, la batalla judicial se alargue hasta el mismo inicio de la campaña.

Una batalla legal entre el 31 de agosto y el 9 de setiembre

Desde el Estado se ha anunciado que tratarán de abortar la presencia de Arnaldo Otegi desde su llegada a la Junta Electoral. En todo caso, sea o no admitida su candidatura, se abre una batalla en los tribunales que durará desde el 31 de agosto hasta las 00.00 horas del 9 de setiembre en que deberá pronunciarse definitivamente el Tribunal Constitucional. Y no es la primera vez en la que éste ha fallado pasada ya la medianoche de inicio de campaña.

La Junta Electoral hará su proclamación de las candidaturas el 29 de agosto y éstas serán publicadas al día siguiente en el Boletín Oficial del País Vasco. El 31 de agosto y el 1 de setiembre son el plazo para la presentación de recursos «ante el juzgado contencioso administrativo competente», que deberá resolverlos para el día 3. A partir de ahí, el 4 y el 5 se pueden elevar recursos al Tribunal Constitucional, que debe comunicar una decisión firme al respecto antes del comienzo de la campaña electoral el 9 de setiembre.

Dado el empeño mostrado por el Estado en intentar impedir que Arnaldo Otegi pueda aspirar a llegar a Ajuria Enea, es prácticamente seguro que el intercambio de sentencias y recursos se mantendrá hasta el último momento, como ya ha ocurrido en elecciones anteriores con candidaturas completas del independentismo de izquierdas. En todas las ocasiones las resoluciones fueron prohibitivas, salvo en el último caso, el de la presentación de EH Bildu a las elecciones municipales y forales de 2011.

En el caso de que Arnaldo Otegi fuera inhabilitado no podría ser sustituido. El número 2 de Gipuzkoa subiría a encabezar la lista de esa circunscripción y EH Bildu determinaría cuál de sus otros candidatos o candidatas pasaba a tener la condición de presidenciable.






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